Del control de legalidad
- Realizar la auditoria operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la
legalidad de su actuación.
- Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal.
- Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo,
para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible.
- Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos
efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático
presupuestario. En todo caso, deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de
informes que le formule un concejal.
- Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél puede requerir
en virtud de esta ley.
Del control Financiero y Presupuestario
- Emitir un informe de la legitimidad del Proyecto de Presupuesto que anualmente se presenta al
Alcalde y al Concejo, y de las correspondientes modificaciones, antes de que éstas se aprueben
formalmente.
- Controlar la ejecución presupuestaria y comunicar los déficit que advierta en el presupuesto
municipal y en los presupuestos de educación y salud.
- Realizar exámenes oportunos a las operaciones económicas y financieras procediendo a representar
situaciones que no se enmarquen en el ámbito de la legalidad vigente, y otros que disponga la
Dirección.
-
Preparar las respuestas a los requerimientos que formule la Contraloría Regional o General de
República sobre materias propias de su área.
-
Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus
funciones y que estén dentro del marco legal.
-
Emitir un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario.
-
Efectuar las fiscalizaciones que correspondan a las Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones
Municipales, respecto del uso y destino de sus recursos, pudiendo acceder a toda la información que
requiera para ello.
-
Realizar controles y constataciones sobre la correcta imputación de las distintas instancias que
contempla el sistema de contabilidad gubernamental.
-
Revisar las rendiciones de cuenta que efectúen los funcionarios, concejales y las organizaciones que
hayan recibido fondos a rendir o subvenciones, en su caso.